Homologaciones - Generalitat Valenciana (2023)

¿Qué se puede pedir?

Homologación de acciones formativas dirigidas a empleados y empleadas públicos que presten servicio en las administraciones e instituciones de la Comunitat Valenciana y que se realice en el ámbito territorial de la misma.

¿Quién puede pedirlo?

Entidades promotoras, que son:

  • Las entidades locales
  • La Federación Valenciana de Municipios y Provincias.
  • Les Corts e instituciones de la Generalitat (la Sindicatura de Comptes, el Síndic de Greuges, el Consell Valenciá de Cultura, l'Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Consell Jurídic Consultiu y el Comité Econòmic i Social)
  • Las universidades pertenecientes al sistema universitario valenciano.
  • Las entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 1/2015, podrán solicitar la homologación de acciones formativas cuando cumplan los siguientes requisitos:
    • Que los estatutos o reglamentos reguladores de su actividad recojan entre sus fines la formación y la investigación en materias vinculadas con la gestión de las administraciones públicas.
    • Que las acciones formativas estén encuadradas en las áreas de conocimiento que les son propias.
    • Que acrediten experiencia en formación de recursos humanos de organizaciones públicas en áreas de conocimiento relacionadas con las administraciones públicas.
  • Los colegios profesionales de funcionarios i funcionarias con habilitación de carácter estatal legalmente constituidos, cuyos respectivos ámbitos territoriales estén comprendidos dentro del propio de la Comunitat Valenciana cuando cumplan los requisitos.
  • Excepcionalmente, las distintas consellerias de la administración de la Generalitat podrán solicitar la homologación de cursos singulares cuando se traten de materias no recogidas en los planes de formación de la Generalitat, o cuando por necesidades sobrevenidas no hayan podido remitir sus propuestas formativas dentro del plazo establecido.

¿Cuándo se puede pedir?

Durante todo el año, con al menos dos meses de antelación respecto del inicio de la formación solicitada, salvo que por necesidades sobrevenidas, no hayan podido remitirla dentro del plazo establecido.

En ningún caso se podrán homologar acciones formativas una vez realizadas.

(Video) HOMOLOGACIÓN y EQUIVALENCIA de títulos en España 2023

¿Dónde dirigirse?

Presencialmente. Las solicitudes de homologación se presentarán, conforme al modelo esblecido a este efecto, en:

Dirección General de Función Pública - Subdirección General del IVAP
Edificio Alameda - Calle de l'Antigua Senda de Senent, 11 - 46023 – Valencia.

O mediante el sistema telemático o procedimiento de tramitación electrónica que en su momento pueda habilitarse, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

¿Qué documentación es necesaria?

Para todas las entidades promotoras:

  • Título.

  • Objetivos operativos.

  • Personal destinatario y porcentaje de empleados y empleadas públicos.

  • Número de plazas.

  • Programa.

  • Contenidos.

  • Metodología.

  • Materiales educativos (cuando lo requiera el curso).

  • Número de horas lectivas.

  • Número de ediciones.

  • Curriculum del profesorado.

  • Fechas y lugar de impartición

  • Criterios de selección.

  • Sistema de evaluación del curso y de sus resultados formativos.

Además, las entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 1/2015, 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y los colegios profesionales de funcionarios y funcionarias con habilitación de carácter estatal, legalmente constituidos, deberán acompañar, la primera vez que soliciten una homologación, la siguiente documentación:

  • Una copia compulsada de los estatutos, acta fundacional o documento de constitución, en el que conste las normas por las que se regula su actividad, inscrito, en su caso, en el correspondiente registro oficial, salvo que se encuentren ya en poder de la Generalitat y sin perjuicio de la legislación en materia de protección de datos de carácter personal
  • Una memoria justificativa de la experiencia en la ejecución de actividades formativas de organizaciones públicas, o en áreas de conocimiento relacionadas con las administraciones públicas.

    (Video) La GUIA COMPLETA para ESTUDIAR TU PREGRADO EN ESPAÑA siendo colombiano | HOMOLOGACIÓN paso a paso

En ocasiones posteriores, y sólo en el supuesto de que se hubieran producido variaciones en su contenido, deberán acompañar nuevamente la documentación indicada.

En el caso de la solicitud de homologación de acciones formativas dirigidas a funcionarios y funcionarias con habilitación de carácter estatal, se deberá incluir en la solicitud la valoración de los méritos generales.

(Video) Como Homologar tus Estudios (Títulos) Para TRABAJAR en España 🇪🇸 y en el EXTRANJERO

¿Qué requisitos deben cumplir?

  • Contenido: deberá tener relación con las competencias y práctica profesional de los empleados y empleadas públicos que presten servicios en las administraciones e instituciones de las Comunitat Valenciana o considerarse de interés para la formación y el perfeccionamiento del personal. Las acciones formativas incluirán la evaluación de los resultados obtenidos por las personas que participen, de forma que se acredite la asimilación de los contenidos.
  • Duración: los cursos o acciones formativas deberán tener una duración igual o superior a 15 horas, salvo que se modifique la normativa que regule los baremos que resulten de aplicación a la promoción profesional dels empleados y empleadas públicos que presten servicio en la administración de la Generalitat.
  • Modalidad: presencial, a distancia, y/o en modalidad de teleformación, o en cualquier otro medio que garantice la calidad de la formación.
  • Profesores y profesoras: deberá poseer experiencia en formación o en puestos de trabajo relacionados con la acción formativa y solvencia académica acreditadas, sin que en ningún caso el nivel de capacitación del mismo pueda ser inferior al requerido a las personas que participen.
  • Publicidad y criterios de selección: el órgano convocante deberá garantizar la publicidad de la acción a realizar, utilizando los medios proporcionados a la amplitud de los colectivos destinatarios de la misma. La selección de los alumnos y alumnas se realizará utilizando criterios objetivos basados en principios de igualdad, mérito y capacidad.
  • Evaluación de la acción formativa: las acciones formativas cuya homologación se solicite deberán incluir previsiones sobre la evaluación de la actividad y de los profesores y profesoras. La dirección general competente en materia de formación de la Administración autonómica podrá establecer los modelos de cuestionarios de evaluación que deberán cumplimentar las personas que participen.
  • Recursos materiales: Las entidades promotoras de las acciones formativas deberán comprometerse a poner a disposición de las personas que participen, los medios materiales, didácticos e instrumentales necesarios para el adecuado desarrollo de las mismas

¿Cómo se tramita?

Una vez examinada la solicitud por el Área del Instituto Valenciano de Administración Pública, (en adelante, área del IVAP,) que podrá requerir a la entidad solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos u otra documentación complementaria que se solicite en el plazo de 10 días.

La dirección general competente en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Generalitat, dictará en el plazo de 2 meses resolución motivada otorgando o denegando la misma. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima las personas interesadas que hayan presentado la solicitud para entenderla estimada por silencio administrativo.

La resolución será previa a la acción formativa y facultará al órgano o institución que la desarrolle para que pueda hacer constar dicha homologación en la documentación que elabore para la actividad en cuestión, debiendo hacer referencia en los certificados y diplomas que expida a la resolución en la que se concedió.

Contra las resoluciones de homologación que se dicten, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante el mismo órgano que las hubiese dictado o podrán ser impugnadas directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo

La homologación tendrá carácter anual. Para posteriores ediciones, dentro del mismo año, de una misma actividad formativa, no será necesario reiterar la solicitud de homologación, bastando al efecto una declaración responsable dirigida a la dirección general competente en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Generalitat, dónde se manifieste que se continuan cumpliendo los requisitos que justificaron la homologación establecida.

(Video) Homologación, convalidación y equivalencia

¿Quién expide los certificados?

Las entidades promotoras de formación a las que se homologue la acción formativa expedirán a las personas que participen, a los profesores y profesoras los certificados de asistencia a la misma o de aprovechamiento, en su caso, siempre y cuando se acredite la asistencia a un 85%, como mínimo, de la duración total del curso, así como, en su caso, haber realizado las tareas obligatorias fijadas en los programas o encomendadas por el tutor o tutora o profesor o profesora.

El persona que represente legalmente a la entidad promotora será la responsable de expedir las certificaciones de los alumnos, alumnas y de los profesores, profesoras participantes.

La dirección general competente en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Generalitat podrá dictar instrucciones sobre el modelo y formato de certificado que se expida por las entidades promotoras de las actividades formativas homologadas.

Los certificados que se expidan a los funcionarios y funcionarias con habilitación de carácter estatal deberán recoger la preceptiva valoración del curso, conforme disponga la resolución de homologación de la acción formativa en la que participen.

¿Qué obligaciones tienen las entidades promotoras?

  1. La selección de las personas que participan, que deberá obedecer a criterios objetivos y de igualdad, teniendo en cuenta la adecuación del perfil profesional y académico de quienes las soliciten, así como los objetivos y contenidos de las mismas.
  2. Ejecutar las actividades formativas en los términos previstos en la resolución de homologación. Cuando fuera necesario modificar elementos de la actividad formativa que afecten al programa, la duración, el lugar, los profesores/profesoras y la fecha de celebración, deberán comunicar estos canvios a la dirección general competente en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Generalitat. La comunicación de modificación deberá efectuarse con anterioridad al inicio de la actividad formativa.
  3. Velar por el cumplimiento de los requisitos fijados para la superación de la actividad formativa, para lo que dispondrán los mecanismos para controlar la asistencia, la superación de pruebas o la realización de trabajos que se hubieran determinado; la documentación correspondiente quedarà bajo su custodia.
  4. Una vez concluidas las actividades formativas homologadas, las entidades remitirán, en el plazo máximo de tres meses, a la dirección general competente en materia de formación y perfeccionamiento de personal al servicio de la Generalitat, la siguiente documentación, que podrá ser remitida vía telemática, de acuerdo con la legislación vigente:
  • Memoria-resumen de la actividad formativa.

  • Relación certificada de participantes, con expresión del DNI, apellidos, nombre y relación jurídica con la administración, que hayan cumplido los requisitos de asistencia o superado los procedimientos de evaluación.

  • Relación certificada de profesores i profesoras que hayan impartido la actividad.

    (Video) EMIGRANTES ✈️ 🇪🇸 - HOMOLOGACIÓN, EQUIVALENCIA y CONVALIDACIÓN de TÍTULOS EXTRANJEROS en ESPAÑA 2023

  • Resultados globales de las encuestas de evaluación realizadas por las personas que hayan participado.

El incumplimiento de la obligación de remisión de la documentación final, podrá suponer la denegación de homologaciones futuras a la entidad solicitante.

No podrá incluirse en el material que las entidades promotoras realicen para la difusión y publicidad de las acciones formativas homologadas, sin autorización previa, la imagen corporativa de la dirección deneral competente en materia de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Generalitat.

FAQs

¿Dónde puedo homologar mi título en Valencia? ›

En la Comunitat Valenciana, la oficina de atención al público se encuentra a las Subdelegaciones del Gobierno (Área de la Alta Inspección de Educación) y allí pueden recogerse los impresos y presentar la correspondiente solicitud. También a través de la web del Ministerio pueden descargarse los impresos.

¿Cómo homologar el B2 de valenciano? ›

Tampoco es posible la homologación del B2 de valenciano. El único trámite que se lleva a cabo en este sentido es la convalidación del B1 de valenciano (antiguo Elemental) por haber superado la asignatura de valenciano en tres o más cursos de la etapa formativa.

¿Cómo homologar el valenciano? ›

En la Comunidad Valenciana no hay forma de homologar los estudios cursados por el nivel C1 (mitjà) de valenciano. La única vía para obtener el certificado de este nivel es por la superación de una prueba libre. Ni siquiera por haber estudiado hasta segundo de bachiller incluido en valenciano.

¿Qué nivel de valenciano te dan con el COU? ›

Podrán obtener el certificado de nivel B1 de conocimientos de valenciano las personas que presenten la certificación académica o libro de escolaridad que acredite que han cursado y superado la asignatura de valenciano en alguna de estas opciones: - En todos los cursos de Educación General Básica.

¿Cómo puedo homologar mi título en Estados Unidos? ›

¿Qué se necesita para validar un título en Estados Unidos?
  1. Selecciona alguna organización autorizada a evaluar las credenciales internacionales. ...
  2. Comprueba todos los requisitos necesarios para la validación. ...
  3. Examina y compara los distintos servicios, precios y el proceso de solicitud.
Nov 22, 2022

¿Cuánto tiempo se tarda en pasar de b1 a b2? ›

A medida que subes de nivel, necesitarás más horas para llegar al siguiente. Para llegar de A1 a A2, normalmente se requieren entre 100 y 150 horas de aprendizaje guiado, pero puede llevar entre 180 y 260 horas para llegar de B1 a B2.

¿Cómo pasar de b2 a c1? ›

Si tienes un nivel cómodo de B2 y quieres pasarlo a C1, te sugiero que empieces a utilizar el idioma para aprender cosas nuevas con cursos online . Por ejemplo, puede utilizar el sitio web www.udemy.com. Tiene un montón de cursos gratuitos sobre todo, cualquier tema que pueda interesarte probablemente estará allí.

¿Cómo pasar de b1 a b2? ›

Para pasar de B1 a B2, es necesario poder comprender estructuras gramaticales y vocabulario más complejos, y poder utilizarlos correctamente en inglés hablado y escrito . También necesitará poder comunicarse con mayor confianza y fluidez.

¿Qué nivel de valenciano se necesita para opositar? ›

En las oposiciones a puestos de nivel A1 y A2, se deberá acreditar un nivel medio de conocimiento del valenciano, el C1, lo que se conocía como el mitjà. Para los puestos de niveles B y C1, se exigirá el nivel B2 de valenciano. Para los puestos del subgrupo C2, bastará con la acreditación de un nivel B1 de valenciano.

¿Es lo mismo valenciano y catalán? ›

Debido a que los dos difieren sólo en aspectos menores (detalles de pronunciación, vocabulario y conjugación de verbos) y son fácilmente inteligibles entre sí, la mayoría de los lingüistas y la Academia Valenciana de la Lengua consideran que el valenciano y el catalán son nombres diferentes para el mismo idioma .

¿Qué nota hay que sacar para aprobar el C1 valenciano? ›

Actualmente, el mínimo es de un 25% de contenido en valenciano en el total de la escolaridad obligatoria, y una vez que ese mínimo se amplíe a un 50%, la nota exigida para obtener el C1 será un 5 de media entre los dos cursos.

¿Qué nivel es el B2 de valenciano? ›

Niveles y Equivalencias
NIVELLS MCERUMHEOI
B1B1 (Elemental)Intermedi
B2B2 (Intermedi)Avançat
C1C1 (Suficiència)C1
C2C2 (Superior)C2

¿Cuántas plazas hay para el C1 de valenciano? ›

Valencia Plaza

Estas son 2.000 plazas más que las de la convocatoria de 2022. En concreto, se convocarán 19.200 plazas del nivel C1, y 11.700 del C2. En el caso del B2 la oferta será de 8.200 plazas y del nivel B1 se sacarán 2.050, mientras que del A2 se ofrecerán 1.850.

¿Cómo conseguir el C1 de valenciano? ›

Este certificado se tendrá que solicitar al Servicio de Lenguas mediante UACloud. Además, la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte emitirá y enviará en formato digital un certificado de nivel de C1 de conocimientos de valenciano a estas personas.

¿Dónde debo ir para homologar mi título en España? ›

¿Cómo homologar el título universitario en España?
  • Registro de Ministerio de Universidades donde podrás pedir una cita previa haciendo clic aquí.
  • En la Embajada y Consulado de España.
  • En la Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno donde puedes ver toda la información aquí.
Aug 1, 2022

¿Dónde presentar para homologar título en España? ›

Puedes solicitar la homologación de un titulo universitario extranjero, personalmente en el Ministerio de Universidades (o a las delegaciones del Gobierno de tu ciudad), pero debes pedir cita previa llamando al teléfono 060 o en la web de la Subdirección General de Títulos del Ministerio de Universidades.

¿Dónde debo homologar mi título en España? ›

La homologación y/o la equivalencia de títulos extranjeros corresponde EXCLUSIVAMENTE a los siguientes Ministerios: Ministerio de Educación y Formación Profesional, Ministerio de Ciencia e Innovación y Ministerio de Universidades en España.

¿Qué precio tiene homologar título en España? ›

1. Solicitud de homologación a un título oficial universitario español de grado o máster que dé acceso a profesión regulada en España: 163,22 €.

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Author: Nathanial Hackett

Last Updated: 05/09/2023

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